lunes, 8 de febrero de 2010

Iquique: Presentan Demanda por Contaminación contra Minera Collahuasi

El día 26 de enero del año 2006, se presentó una demanda de indemnización de perjuicios, en contra de la minera Doña Inés de Collahuasi, por los daños en contra de habitantes y trabajadores de la caleta de Chanavayita, durante los años 2006 al 2008, periodo en que estos vivieron y trabajaron en la localidad, y que sufrieron las emanaciones y contaminaciones producidas por las actividades de la minera en la elaboración de su planta de molibdeno, en la zona de patache, esto ubicado a 10 kilómetros de la localidad de Chanavayita, territorio ancestral Aymara-Quechua.

Iquique: Presentan Demanda por Contaminación contra Minera Collahuasi

Gentileza Felipe Olaechea

SE PRESENTO DEMANDA POR PERJUICIOS CONTRA MINERA

IQUIQUE, 04 de Febrero 2010, El día 26 de enero del año 2006, la abogada mediadora, Myla Chávez Gajardo, presento una demanda de indemnización de perjuicios, en contra de la minera Doña Inés de Collahuasi, por los daños en contra de habitantes y trabajadores de la caleta de Chanavayita, durante los años 2006 al 2008, periodo en que estos vivieron y trabajaron en la localidad, y que sufrieron las emanaciones y contaminaciones producidas pos las actividades de la minera en la elaboración de su planta de molibdeno, en la zona de patache, esto ubicado a 10 kilómetros de la localidad de Chanavayita, ha mas de 65 kilómetros, por la costa, al sur de Iquique., estas emanaciones y molestias a las que fueron expuestos la población de la caleta de Chanavayita, estan claramente probadas por la presencia de una multa de parte de la COREMA, como de las constantes manifestaciones y protestas de los pobladores, denunciando estos hechos, existiendo una gran cantidad de registros de prensa, recordemos que esta situación, por su excesiva GRAVEDAD, genero la formación de una mesa de trabajo lidera por el gobierno regional, para lograr dar solución a las justas denuncias de los pobladores, así que esta claramente establecido, la existencia de las emanaciones y las molestias permanentes hacia los pobladores.

En este caso, cabe que se haga justicia hacia los afectados los que merecen sean indemnizados por la gran cantidad de molestias,, que han sufrido y que seguirán sufriendo, ya que van, desde la enfermedad de niños y adultos, la imposibilidad de realizar una vida normal producto de la presencia de olores molestos y nocivos en el ambiente, a la obligación de tener que salir de la zona, transformándose en desplazados ecológicos, producto del daño en el ambiente, esta situación es de suma gravedad ya que es el estado el que tiene que velar por la protección del derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, como al derecho ha decidir donde vivir en el territorio nacional, ambos valores fundamentales, vulnerados durante este periodo para estas persona,

A su vez, esta demanda es contra de la municipalidad de Iquique, ya que tiene responsabilidad en forma solidaria, al otorgar los permisos para la instalación y trabajo de esta planta y por la falta de fiscalización de parte de esta, con respecto a las denuncias de los pobladores, obligación claramente establecida en la legislación ambiental, que señala que le corresponde la obligación al municipio de actuar y demandar a los agentes u empresas contaminantes, que realicen esta acción en su territorio comunal, situación que claramente no ha habido en este caso, sino por el contrario se aumentan las acciones conjuntas entre el municipio y la empresa minera tal como es de dominio publico, por apariciones en prensa escrito como televisiva.

“Sabemos que el mes de febrero es un periodo de feriado judicial y que esta causa esperara a ser tramitada, pero esto le da un mayor impulso para alcanzar justicia por que significa que en marzo se iniciara un nuevo periodo de investigación y que con la oleada de “cambios” que se avecinas, también cambie la percepción de las necesidades del país, y se protejan a los ciudadanos en sus derechos individuales y al medioambiente y no se solo se protejan a las grandes empresas y sus ganancias”, reflexiono la abogada Myla Chávez.

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ANTECEDENTES EMPRESA

Collahuasi pertenece a compañías subsidiarias de Anglo American plc (44%), a compañías subsidiarias de Xstrata plc (44%) y a un consorcio de compañías japonesas lideradas por Mitsui & Co., Ltd. (12%).

Anglo American plc es un líder global en minería y recursos naturales, enfocado a agregar valor para sus accionistas, clientes, empleados y las comunidades en las cuales el grupo tiene operaciones. Posee activos diversificados y de gran calidad en oro, platino, diamantes, carbón, metales básicos y ferrosos, minerales industriales, papel y empaques. En Chile, Anglo American es el propietario y operador de cinco divisiones: Los Bronces, Mantos Blancos, Mantoverde, El Soldado y Fundición Chagres. Xstrata plc es una compañía minera con activos diversificados en cobre, carbón, zinc, níquel, aleaciones ferrosas, vanadio, oro, plata, aluminio y plomo. En Chile es el dueño y operador de Lomas Bayas y Fundición Altonorte. Adicionalmente, es propietario del 70% del proyecto El Morro.

El consorcio japonés está encabezado por Mitsui & Co., Ltd., una de las mayores compañías de trading de la nación nipona, y comprende a las compañías Nippon Mining & Metals Co., Ltd. y Mitsui Mining & Smelting Co., Ltd.

http://www.mapuexpress.net/?act=news&id=5268

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